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PGE – Turís

DESCRIPCIÓN

El municipio de Turís se sitúa en la Comunidad Valenciana, en la provincia de Valencia, a 34 kilómetros de la capital. Pertenece a la comarca de La Ribera Alta, situándose al norte de la misma. Esta comarca, formada por 35 municipios, ocupa una superficie de 970 km² y acoge a una población aproximada de 225.000 habitantes, con lo que su densidad media de población se corresponde con 231,5 hab/km². A esta cifra, Turís, con una densidad de población de 81,83 hab/km², aporta el 2,93% de la población, con 6.646 habitantes (2019) y el 98,30% de superficie, 80,51 km².

Siendo una zona tradicionalmente agrícola, durante las últimas décadas en Turís no solo se consagró un sistema polinuclear de ocupación del territorio, a base de urbanizaciones dispuestas de forma aleatoria, sino que se consolidó la práctica de la ocupación ilegal del suelo por viviendas unifamiliares y no ha sido hasta hace pocos años, cuando se ha tomado consciencia de la gravedad de este problema. Un modelo desestructurado y en el que el gran perdedor ha sido el casco urbano principal (y tradicional), en forma de escasez de infraestructuras públicas y espacios verdes, es el contexto en el que se tuvo que abordar la redacción de este plan.

Cuando AUG-ARQUITECTOS, SLP se hizo cargo de la redacción del plan general, el ayuntamiento llevaba más de diez años intentando sacarlo adelante con otro equipo redactor. En su recorrido, se han tramitado ante el órgano ambiental (que ni siquiera existía como tal, cuando se empezó a redactar) distintas versiones del plan, caracterizadas en todos los casos anteriores, por proponer unos umbrales de crecimiento mucho mayores que los que finalmente se han presentado. Dichas expectativas, sin duda huérfanas de una justificación objetiva y surgidas en plena “vorágine urbanística”, se han ido atemperando hasta llegar a un punto de equilibrio.

La filosofía que inspira este plan, pretende recoger las indicaciones que formuló el Director General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Generalidad Valenciana, en un documento dirigido a todos los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana en el que recordaba que “el suelo es un bien limitado que debe ser utilizado de forma eficiente y racional, que ha sido dilapidado por el modelo urbanístico expansivo, sellando y vinculando a determinados usos gran cantidad de terrenos que son detraídos de actividades primarias y de las funciones territoriales y ambientales que ejercen”, para concluir que “ante esta situación es necesario actuar”.

En consecuencia, las directrices estratégicas del desarrollo previsto son las siguientes:

  1. Ampliación de los elementos integrantes de la Infraestructura Verde, previamente identificados en fase informativa y
    a los que se unen no solo los que el PGE interpreta como tales, sino también los que se generarán como consecuencia del desarrollo de las determinaciones del PGE y del POP
  2. Establecimiento de una propuesta de ordenación del núcleo de Turís, orientada a la vertebración del suelo urbano existente y a la implementación de las operaciones de regeneración y renovación urbana integral, sustanciadas en los ámbitos de “La Mina” y “Lepanto”, suplementando sus dotaciones y situando los posibles escenarios de crecimiento en zonas contiguas al casco urbano o en áreas degradadas, susceptibles de acoger operaciones de regeneración y renovación urbana integral. En dicha ordenación se ha considerado la movilidad urbana como factor determinante del diseño, lo que se traduce en el carácter “cortical” de los tres nuevos ámbitos de crecimiento y en el diseño de las secciones viarias, que posibilitan tanto el tránsito en vehículos como en bicicletas o a pie, en condiciones apropiadas.
  3. Delimitación rigurosa de las urbanizaciones, adscribiendo al régimen de las actuaciones integradas a aquellos suelos que se
    hallan sin urbanización consolidada e intentando racionalizar el complejo entramado de preexistencias, desarrolladas al margen de la legalidad -en ciertos casos- y en contra de un criterio racional de ocupación del suelo, en casi todos los casos. En este apartado se incluye la reclasificación a suelo urbano pendiente de ordenación y de programación de la urbanización Canyapar,
    con el fin de buscar una posible salida al bloqueo que persiste en este ámbito desde la aprobación de las NNSS, al ser inviable su desarrollo como suelo urbanizable.
  4. Identificación y delimitación de ámbitos en suelo rústico o no urbanizable, sometidos a Actuaciones de Minimización de Impacto Territorial, incluyendo tanto la parcelas edificadas como aquellas que no lo están, pero cuya adscripción a este régimen resulta imprescindible para la correcta vertebración del territorio, para una mejor y más racional delimitación de este tipo de ámbitos y para la ejecución de las infraestructuras y servicios urbanos que se pretenden implementar a través de los correspondientes Planes Especiales y Proyectos de Urbanización.
  5. Aportación de una cartografía actualizada, a partir de la cual y por exclusión, a todas las edificaciones que no se encuentren en ningún ámbito urbanístico se les deberá aplicar el régimen de restitución de la legalidad urbanística que corresponda, habida cuenta del carácter inexcusable del ejercicio de la potestad.
  6. Ordenación del suelo rústico o no urbanizable, tomando en consideración la riqueza agrícola de la zona y la delimitación detallada que los servicios técnicos municipales han aportado del suelo forestal y consolidando los valores agropecuarios del territorio.
  7. Incardinación en la propuesta de las grandes infraestructuras existentes y propuestas, incluyendo la previsión de las nuevas vías rodadas y las grandes infraestructuras hidráulicas, que vendrán a paliar el déficit hídrico que actualmente presenta el municipio, a pesar de la disponibilidad de recursos. Con este plan, además, se impulsa un estudio paralelo de evaluación y acceso a esos recursos hídricos, imprescindible para superar la situación actual con respecto a este tema, caracterizada por la dispersión de proveedores y el sometimiento a sus exigencias.
  8. En el caso del núcleo de Turís, el único para el que se propone un crecimiento de uso residencial, este crecimiento se constituye en la base (imprescindible) para poder equilibrar las reservas de suelo dotacional público, que actualmente presentan importantes déficits, sobre todo, de zonas verdes. Pero al mismo tiempo que se plantean estas actuaciones, se propone una reducción de la edificabilidad residencial en parte del casco urbano, recuperando la tipología de tres alturas, característica de la arquitectura turisana. Se consigue con ello, no solo frenar la degradación urbana que durante los últimos años ha conducido a la ejecución de edificaciones exageradas y fuera de contexto, sino reducir el techo potencial de viviendas y satisfacer las expectativas ciudadanas, recogidas en el Plan de Participación Pública. Y colateralmente, se descarga a las arcas municipales de la necesidad de adquirir y ejecutar nuevos suelos dotacionales, sobre todo parques de red primaria, cuyo coste hubiera resultado inasumible.
  9. Aplicación de ordenanzas ajustadas a la arquitectura vernácula (recogidas en lo relativo al suelo urbano en el P.G.P.), con las que se pretende conciliar el mantenimiento de la población residente en el Núcleo Histórico, con la salvaguarda de los rasgos tipológicos y compositivos que caracterizan la arquitectura local.
  10. La elaboración de un amplio Catálogo de Protecciones que incorpore medidas para valorar y preservar el patrimonio, entendido en un sentido amplio.

Con relación a las operaciones de renovación urbana integral que se proponen para dos ámbitos degradados, hay que subrayar que entendemos por rehabilitación urbana integral a aquélla intervención que considera de forma conjunta y coordinada la recuperación ambiental, la renovación y regeneración urbana y edificatoria, y la mejora de las condiciones económicas y sociales de los ciudadanos. De manera específica, se persiguen los siguientes objetivos:

  • La reducción del consumo desorbitado de suelo y el reciclaje del suelo ya utilizado previamente por la urbanización.
  • La limitación de la expansión urbana y la apuesta por la densidad, facilitando la reducción de las necesidades de transporte.
  • La optimización de las infraestructuras, servicios, dotaciones y redes sociales existentes, en lugar de reproducirlas en los nuevos desarrollos.
  • La reducción del consumo energético, tanto a través de la mejora de la eficiencia energética de las edificaciones rehabilitadas, como de las menores necesidades de transporte.
  • La promoción del uso de energías alternativas y renovables (paneles solares, etc.) y la reutilización y reciclado de los residuos.
  • La reducción del consumo de nuevos materiales, hasta el punto de que rehabilitar un edificio puede suponer un ahorro energético del 60% con respecto a derribarlo y volverlo a construir, evitando también numerosos impactos ambientales asociados.
  • La posibilidad de reciclaje, y la introducción de materiales más ecológicos y saludables.

DATOS DEL PROYECTO

Localidad: Turís (Valencia, España); Promotor: Ayuntamiento de Turís; Superficie de término municipal: 8.051 Ha.; Suelo urbano: 444 Ha.; Suelo urbanizable: 46 Ha.; Suelo no urbanizable: 7.561 Ha.; Núcleos de población: 9; Estado de tramitación: En tramitación


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