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PGE-POP – Domeño

DESCRIPCIÓN

El plan general de Domeño aborda la ordenación de un municipio singular, al afectar a dos territorios separados y completamente distintos: “Domeño Viejo”, el término municipal original, se encuentra en la actualidad abandonado y ocupa un territorio agreste y cubierto por monte, en su mayor parte. “Domeño Nuevo” es una creación reciente (1963) del Instituto Nacional de Colonización, que tuvo que intervenir de diseñar un nuevo emplazamiento, ocupando terrenos de Llíria, ante la construcción del embalse de Loriguilla, que se llevó a cabo años después, en 1979. Según el BOP del 29 de octubre de 1954 dicho embalse se internaría en el término municipal de Domeño, produciendo la inundación total de las tierras productivas de regadío y molinos y, en consecuencia, acabando con la posibilidad de subsistencia de sus habitantes.

El traslado definitivo de la población finalizó en 1981 y no fue hasta 1987, cuando, tras un largo proceso administrativo y previo dictamen favorable del Consejo del Estado, Domeño obtuvo su municipalidad como entidad local segregándose totalmente de Lliria. En el año 2001 terminó la completa demolición del pueblo antiguo de Domeño, hermoso lugar que (dicho sea de paso) nunca llegó a inundarse.

El resultado de este proceso es que la parte original, “Domeño Viejo”, es un territorio sin poblar y con grandes riquezas minerales y forestales, mientras que el pueblo nuevo obedece a un modelo urbano sencillo y de gran calidad espacial y dotacional.

En este contexto, la filosofía que inspira este plan, se puede resumir en el siguiente decálogo:

  1. Ordenación de todo el término municipal, atribuyendo a cada una de sus grandes zonas el papel que le corresponde y, en consecuencia, preservando a Domeño Viejo de cualquier desarrollo de suelo sellado.
  2. Adecuación de los umbrales de crecimiento a los parámetros racionales y sostenibles establecidos por la ETCV (2011) y refrendados por la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje este mismo año, a cuyo efecto, el incremento de suelo sellado previsto para los próximos veinte años, con relación al escenario actual supone una reducción del 0,93% del término municipal al 0,85%, lo que significa clasificar como no urbanizable el 99,15% del término municipal y dentro de él, proteger casi el 87% del territorio.
  3. Ponderar el consumo de recursos hídricos, como consecuencia del menor crecimiento residencial, lo que unido a la política que viene impulsando el ayuntamiento desde hace años, controlando fugas de agua, reutilizando todo el agua posible para el riego de las zonas verdes públicas y reinyectando al acuífero el agua depurada, constituye un ejemplo de gestión eficaz del ciclo integral del agua y permite mantener la estimación de demanda de recursos dentro de los umbrales fijados en las concesiones de explotación otorgadas por el organismo de cuenca.
  4. Incorporar del uso minero (explotación de recursos naturales) en la ordenación del plan y en la atribución de usos permitidos, conforme ha exigido la Dirección General de Minas y viene recogido en los distintos permisos de explotación otorgados, en consonancia con la importancia estratégica que para la economía valenciana suponen las reservas de minerales básicos existentes en el término municipal.
  5. Reorientación del crecimiento en Domeño Nuevo, preservando las zonas más sensibles y dirigiendo los nuevos desarrollos a las
    áreas contiguas al suelo urbano de menor valor ambiental y paisajístico.
  6. Preservación de las tipologías características de la arquitectura de Domeño Nuevo, entendidas como elemento identitario sustancial, junto con las secciones viarias y la presencia de arbolado en la red viaria, de modo que este actúe como conector con la infraestructura verde del territorio situada fuera del suelo urbano. En este sentido, hay que apuntar que la ordenación pormenorizada del plan –estudiada el paralelo a la estructural- cuida especialmente las zonas de borde y transición, de modo que esta siga produciéndose mediante la introducción en los suelos sellados de los citados conectores verdes (véase la imagen de la infraestructura verde en suelo urbano y urbanizable que aparece poco más adelante). La conservación de la imagen del pueblo y su calidad ambiental no han impedido la previsión de un pequeño grupo de viviendas de menor tamaño, situadas a la entrada del pueblo, en la UER-01, que se pretenden destinar a captar parejas jóvenes y de escasos recursos. En todo caso, se considera fundamental que el nuevo desarrollo urbano preserve el carácter del poblado original y su valores culturales, urbanos y arquitectónicos y que los criterios de ordenación urbana a nivel pormenorizado respeten la tipología edificatoria, las alturas, la forma de ocupar la parcela y el tratamiento del espacio público (espacios ajardinados, aceras y bordillos), como valores importantes a conservar y proteger, con el fin de mantener la escala doméstica del espacio urbano y la legibilidad del espacio público, para no menoscabar su calidad urbana e intentar que no se pierda la percepción unitaria del núcleo urbano como ha sucedido en otros conjuntos cercanos a la ciudad de Valencia sometidos a la presión del mercado inmobiliario.
  7. Previsión de un pequeño crecimiento del suelo industrial, de tan solo 3,6 has., capaz de albergar la ampliación prevista de la principal empresa implantada en Domeño y otras, con lo que se confía en la creación de unas decenas de puestos de trabajo.
  8. Consolidación del modelo de Domeño Nuevo en lo que se refiere a la inmejorable movilidad, que sin temor a equivocarnos podemos calificar de verdadera “movilidad sostenible”. En este sentido, se ha potenciado un crecimiento “cortical”, por capas contiguas al suelo consolidado y bien conectadas por calles que favorecen el tránsito peatonal y en bicicleta.
  9. Protección del patrimonio arqueológico (sobre todo) y etnológico (en menor medida) en Domeño Viejo, mediante su
    localización y el establecimiento de las correspondientes medidas en el Catálogo de Protecciones (Sección Cultural) vinculado al PGE.
  10. Actualización de toda la normativa del plan conforme establecen las determinaciones legales vigentes y adecuación del plan a todos los informes emitidos, singularmente el Documento de Referencia, la Declaración Ambiental y Territorial Estratégica y el informe del Servicio de Ordenación Territorial.

DATOS DEL PROYECTO

Localidad: Domeño (Valencia, España); Promotor: Ayuntamiento de Domeño; Superficie de término municipal: 6.891 Ha.; Suelo urbano: 46 Ha.; Suelo urbanizable: 11 Ha.; Suelo no urbanizable: 6.834 Ha.; Núcleos de población: 1; Estado de tramitación: Aprobado definitivamente


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